ACCESO A LA PROFESION

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El certificado de aptitud para el ejercicio profesional de la actividad de conductor de vehículos autotaxi en el municipio de Sevilla se obtendrá mediante el procedimiento que se regula en las siguientes bases:

I. Objeto.

Es objeto de estas bases regular el procedimiento para obtener el certificado de aptitud para conducir vehículos adscritos a las licencias municipales de auto taxi del Ayuntamiento de Sevilla, a que se refiere el artículo 29 del Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de turismo, aprobado por el Decreto 35/2012, de 21 de febrero, y el artículo 42 y siguientes de la Ordenanza Municipal Reguladora del Servicio de Transporte Publico de Personas en Automóviles de Turismo en el Municipio de Sevilla.


 La obtención del referido certificado de aptitud, será requisito necesario para obtener posteriormente y cuando proceda el correspondiente permiso municipal de conductor de auto taxi.


II. Requisitos de los aspirantes.

1. Las personas físicas que deseen obtener el certificado de aptitud para el ejercicio profesional de conductor de vehículos autotaxis en el municipio de Sevilla, tienen que cumplir los siguientes requisitos:

- Hallarse en posesión  del permiso de conducción suficiente expedido  por el órgano competente en materia de tráfico y seguridad vial (permiso de conducir de la clase B o superior).

- Estar en posesión del título de Graduado en ESO o equivalente, así como la acreditación de la cualificación profesional, de conformidad con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, cuando exista título de formación profesional, certificado de profesionalidad o bien evaluación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

- No padecer enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico o psíquico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión de conductor de taxi, ni ser consumidor de estupefacientes o bebidas alcohólicas.

- Carecer de antecedentes penales.
- Haber abonado las tasas correspondientes.

2. Estos requisitos deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes, y deberán acreditarse antes de la expedición del certificado de aptitud para el ejercicio profesional, una vez hayan superado la prueba de aptitud y, en su caso, la prueba psicotécnica y de inglés básico y la asistencia a jornadas, cursos o seminarios.

III. Convocatoria.

Las convocatorias de las pruebas para obtener el referido certificado de aptitud para el ejercicio profesional de conductor de vehículos auto taxi en el municipio de Sevilla, se realizarán por resolución del Presidente del Instituto del Taxi, de conformidad con el artículo 9 ix) del Reglamento del Instituto del Taxi y se publicarán en la sede del Instituto del Taxi, sita en C/ Clemente Hidalgo nº 4 (edificio Jefatura de la Policía Local) y en la página web del Ayuntamiento de Sevilla, Instituto del Taxi.

IV. Solicitudes.

1. Quienes deseen participar en la convocatoria que se realice deberán presentar una solicitud, dirigida al Sr. Presidente del Instituto del Taxi, en el Registro de Entrada de dicho Instituto, en el Registro General del Ayuntamiento o en los Registros Auxiliares del mismo ubicados en los Distritos. Igualmente, podrá presentarse utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Las solicitudes estarán disponibles en la sede del Instituto del Taxi y en la página web del Ayuntamiento de Sevilla, www.sevilla.org, Instituto del Taxi.

----> Solicitud de examen.

3. Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el Tablón de Anuncios del Instituto del Taxi. Asimismo se publicará en el Tablón de Anuncios del Registro General del Ayuntamiento de Sevilla y en la página web del Ayuntamiento de Sevilla, Instituto del Taxi.

4. Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del D.N.I. (aportando original para su compulsa).

b) Fotocopia  del permiso de conducción de la clase B (aportando original para su compulsa).

c) Modelo normalizado para autorizar al Ayuntamiento de Sevilla la solicitud de Antecedentes Penales al Ministerio de Justicia.

----> Solicitud autorización de petición de antecedentes penales.

d) Justificante bancario del abono de la tasa por derechos de examen según la Ordenanza Fiscal vigente. (Para 2016 el importe es de 11,18 €, que deberá ingresarse en la CC del Ayto. de Sevilla de la Caixa IBAN: ES76 2100 9166 76 2200199562).

El devengo de la tasa se producirá en el momento de la solicitud de la inscripción en la prueba correspondiente, siendo necesario el previo pago de la tasa para la tramitación de la solicitud, no siendo admitido su abono en fase posterior.

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