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USO DE MASCARILLAS

Escrito por Enrique Fruto Martin. Publicado en Uncategorised

A/A ASOCIACIONES SECTOR DEL TAXI

ASUNTO: USO DE MASCARILLAS

Por Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo del presente, publicada en el BOE el 3 de mayo pasado, se han dictado instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte, cuya entrada en vigor será desde hoy, 4 de mayo.

Por dicho motivo, es necesario que se cumplan las medidas contenidas en el art. 1.1, 1.2 y art. 2.2 de dicha Orden, cuyo texto dispone, textualmente, lo siguiente:

Artículo 1. Utilización de mascarillas en los medios de transporte.

1….. “será obligatorio para los usuarios de los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor.

  1. Los trabajadores de los servicios de transporte que tengan contacto directo con los viajeros deberán ir provistos de mascarillas y tener acceso a soluciones hidroalcohólicas para practicar una higiene de manos frecuente.”

Artículo 2. Condiciones de ocupación de los vehículos en el transporte terrestre.

  1. En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos

Sevilla, a 4 de mayo de 2020

> Reciban un cordial saludo

> INSTITUTO DEL TAXI

> C/ Clemente Hidalgo nº 4

> EDFO. Jefatura de la Policía Local

> 41005- SEVILLA